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A partir de agosto de 2026, las penas por difamación en República Dominicana serán más severas y podrán acumularse cuando se configuren múltiples infracciones, conforme a lo establecido en la Ley 74-25 que instituye el nuevo Código Penal.La normativa introduce la figura del concurso de infracciones, lo que permitirá que una persona sea sancionada de manera independiente por cada hecho difamatorio cometido.En consecuencia, las condenas podrían incrementarse de forma significativa en aquellos casos donde existan varias acciones sancionables.Con la reforma, el delito de difamación no solo eleva sus sanciones, sino que también incorpora la figura de la difamación extorsiva, aplicable cuando la imputación se realiza con el propósito de obtener beneficios o presionar a la víctima.El nuevo marco legal amplía además el alcance del delito, al incluir de manera expresa las redes sociales, los servicios de streaming, los medios electrónicos, así como la radio y la televisión.Esto implica que publicaciones en plataformas digitales como YouTube u otras redes podrán ser objeto de persecución penal.Estas disposiciones forman parte de un esfuerzo por modernizar el sistema penal y adaptarlo a las nuevas dinámicas de comunicación digital.No obstante, distintos sectores han expresado preocupación por el endurecimiento del régimen punitivo y su posible impacto en la libertad de expresión.
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